<
  Asociación
  Ayuntamiento
  Dejar tu Firma
  Fiestas
  Geografía
  Historia
  Noticias
  Qué hacer
  Rally
  Revistas
  Ver Libro de Firmas
  Alojamiento rural
 
     
 

Las comunidades de Villa o Ciudad y Tierra... (II)



por Santiago Lázaro Carrascosa


Las Comunidades de Villa y Tierra en su pleno desarrollo, así como las agrupaciones embrionarias de grupos humanos en desbandada, que fueron su origen, siempre se rigieron por sistemas laicos y populares, y nunca admitieron que ni nobles ni clérigos o dignidades de la nobleza y de la iglesia desempeñaran ninguna clase de cargos concejiles, hasta que ya bien manifiesta su decadencia, y de la cuál fueron unas de sus causas, los nobles y dignidades y funcionarios de la iglesia coparon, incluso hereditariamente, los cargos principales de los concejos, sobretodo de las capitales de las Comunidades. Esta prohibición de ejercer cargos concejiles a clérigos y nobles estaba taxativamente escrita y desarrollada en todos y cada uno de los Fueros de cada Comunidad, independientemente de su mayor o menor extensión en territorio y población. De todas maneras, aun después de la brutal mediatización y dominio, principalmente de los funcionarios de la iglesia, en el funcionamiento de las Comunidades hasta anularla, no impedía que hace menos de ciento cincuenta años sucedieran cosas y hechos anecdóticos, como el siguiente que apuntamos, pero muy revelador de la fuerza y poder, en todos los órdenes, que las Comunidades de Villa y Tierra adquirieron después de un funcionamiento de más de quinientos años, desde principios del siglo VIII a principios del XIV, en favor del pueblo llano, sus gobernados. El hecho es el siguiente: En Trébago se practica la víspera y el primer día de su fiesta mayor una danza de origen indudablemente celtíbero-pagano, pero que fue añadida a la liturgia católica hace cientos de años, y que se ejecuta, por los respectivos danzantes, dentro de la iglesia frente al altar mayor, y ante las imágenes de Vírgenes y Santos. Pues bien, llegado que fue al pueblo a principios del siglo XIX un nuevo sacerdote, se escandalizó de la ejecución de ese danza, y menos en la iglesia y ante santos y santas, diciendo que eso era un grave sacrilegio. Estas manifestaciones chocaron violentamente con el pueblo y con su concejo pleno al frente. En una de tantas discusiones que se suscitaron sobre el problema entre el alcalde y el cura, éste, muy iracundo, le manifestó al alcalde como sentencia definitiva: "AL MAL USO, SE LE CORTA LA RUECA", expresión bien significativa en el sentido de suprimir total y definitivamente la danza en la iglesia, a lo que el alcalde, ni corto ni perezoso, contestó fulminantemente: "Y AL MAL CURA LA CABEZA", con lo que el cura se amedrentó, teniendo que consultar al obispo de la Diócesis. El obispo, funcionario más avezado y diplo­mático que un cura de aldea, contemporizó, con buenas razones, dando por zanjada la cuestión y permitiendo que la danza continuara como siempre, hasta el día de hoy. Esta fue una de las pocas ocasiones en que todavía triunfó el espíritu y las leyes comunales de los Fueros sobre uno de los poderes que más les restaron autoridad en el decurso de los siglos, la Iglesia, unida al estamento de los nobles y la realeza.

Otra huella de la institución concejil comunal, y mediante la cual se demuestra el alto sentido de solidaridad social y ayuda colectiva que tenían nuestras Comunidades de Villa y Tierra, era la existencia, por lo menos aquí en Trébago, y suponemos también en todos los pueblos y capital de todas las Comunidades, de un edificio destinado única y exclusivamente al albergue de necesitados, peregrinos y pobres, que por una u otra circunstancia tenían que pernoctar en el pueblo. En Trébago se le llamaba El Cubizaño, y el edificio perduró hasta el final del primer tercio del siglo XX. Aún desaparecido el edificio, el nombre, cuya etimología curiosa pero muy precisa tenemos estudiada, perdura para designar a otro edificio que hace las funciones de lugar de esparcimiento para la juventud actual. Este servicio de caridad y beneficencia social se completaba con la costumbre, también de raíces comuneras, de albergar para pernoctar una noche, con su correspondiente cena, a cuanto pobre de solemnidad se acercaba por estos lares. Este albergue lo daban todos los vecinos ("a reo vecino", se decía) por riguroso orden, uno detrás de otro, de cuya cuenta y razón se encargaba uno de los alguaciles concejiles. Esta buena costumbre de dar de cenar y albergue a los pobres duró también cuanto duró el edificio de El Cubizaño.

Hemos conocido y descubierto en algunos casos restos de caleras (una de éstas en el paraje denominado Valdelacalera, topónimo por cierto bien explícito); de hornos de cerámica; tejeras; canteras de piedra berroqueña o granítica, para la fabricación de muelas de molino, de las cuales hemos encontrado ejemplares completos, partidas, a medio construir, etc.; no conocemos nosotros que haya existido algún molino para la molturación de granos (otra industria concejil-comunal, pero no es difícil que los hubiera en su tiempo); la nevera, aunque cegada, todavía subsiste en su mayor parte, y cuyo objeto era almacenar en régimen comunal la nieve del invierno, conservándola durante casi todo el año, y usada para fines terapéuticos y otros menesteres. Todos estos restos son huellas materiales, tangibles, de nuestras Comunidades de Villa y Tierra, y se podrían citar, junto a costumbres, usos, tradiciones, etc., docenas más, que por sí solos son tema para un buen estudio, que ya tenemos hecho.

Aparte de las huellas y vestigios materiales de las Comunidades, hay otras que laten en el subconsciente de las sociedades y sus individuos y que es lo que los historiadores llaman "memoria histórica de los pueblos". Es bien sabido que los procesos evolutivos de los pueblos, en su devenir histórico, cuando son muy largos en el tiempo (nacimiento, madurez y decadencia) y además producen grandes transformaciones económicas, sociales y políticas, y también culturales, calan muy hondo en las conciencias de los pueblos, creando esa memoria histórica. Es el caso de nuestras Comunidades, por su largo proceso evolutivo hasta su desaparición (desaparición que realmente aún no se ha producido) y por las grandes consecuencias de todo tipo con que estas organizaciones de gobierno afectaron a sus gobernados. Estos efectos de todo tipo, pero principalmente socio-económico-políticos, se fueron grabando con fuerza en las conciencias de los individuos, y como al mismo tiempo eran actores directos en los hechos comunales, tuvieron un conocimiento profundo y completo del medio en que vivían y de su buen funcionamiento, que les daba amplios beneficios de todo tipo. Estos conocimientos los fueron transmitiendo oralmente de generación en generación, predominando, sobre los de las cuestiones técnicas de las Comunidades, aquellos que les reportaban beneficios y derechos positivos y directos. Bienestar, en una palabra. Entonces, a esta memoria histórica almacenada en el subconsciente de los individuos comuneros y conocida intuitivamente es a la que nosotros nos referimos cuando la llamamos vestigios inmateriales o la presencia "psíquica" (permítasenos el uso atípico de esa palabra), el alma, el espíritu de nuestras Comunidades de Villa y Tierra, entre los habitantes actuales, de lo que fuera tierra comunera durante más de 500 años. Un ejemplo nos ilustrará sobre el particular, ejemplo que hemos oído personalmente. Entre reuniones informales de vecinos, y entre alcalde y concejales, en reuniones de pueblo, se oía decir con frecuencia hace unas décadas, cuando se discutían o planteaban problemas que afectaban muy mucho a los intereses del pueblo y sus vecinos: "Pues sí, señores, este asunto lo tenemos ganado, ya que con la opinión y la voluntad unánime de un pueblo no hay quien pueda, y menos si la tratamos en Concejo abierto". Estas frases, según nuestro modesto criterio, no hacen ni más ni menos que referirse, inconscientemente sin duda alguna, a esa tradición, a esa memoria histórica que les ha llegado de cuando efectivamente las leyes de los Fueros de las Comunidades de Villa y Tierra sí amparaban, y amparaban muy bien, a todos los vecinos a través de las corporaciones concejiles y comunales, nada más que ahora esa expresión, como otras similares, no deja de ser más que una simple exclamación retórica sin efectividad alguna, ya que está totalmente desamparada por las leyes que en otros tiempos las respaldaban, y en los pleitos fallaban con justicia cuando era justo lo reclamado o pedido. Hoy, lógicamente, nos rigen otras leyes, pero la memoria histórica, el subconsciente de los pueblos, vive y recuerda intuitivamente los ayeres.

Otro ejemplo de la presencia del alma de las Comunidades en la Tierra Comunera es la veneración, con mezcla de romanticismo y cierto matiz mágico, que se tiene (actualmente ya extinguida) por el simbolismo de autoridad, rectitud, el bien hacer y aconsejar, de la famosa "vara" que los alcaldes portaban como demostración de su autoridad. Vara que, portada cuando el alcalde y concejales vestían sus mejores atuendos, rematados con la clásica capa negra castellana y el sombrero de paño también negro, con motivo de las grandes reuniones concejiles o festividades religiosas, adquiría y daba a todos los componentes del Concejo un porte de seriedad y autoridad que de veras debía de imponer respeto en esas ocasiones. Estos efectos quedaron indeleblemente grabados en las conciencias de los hombres y mujeres comuneros y concejiles, y es natural que los rememoren al funcionar la memoria histórica de los pueblos.

Y para terminar este capítulo debemos mencionar la existencia en casi todos los concejos comunales de Villa o pueblos, de fincas agrícolas de secano y huertos de regadío que, además de ser propiedad comunal, se laboraban colectivamente, y los productos que se obtenían engrosaban las existencias de la alhóndiga con el fin de ayudar a las familias económicamente más débiles, que a veces se encontraban en verdaderos apuros para su supervivencia.

Como se puede apreciar por lo que llevamos escrito hasta ahora, en todo tipo de manifestaciones y actuaciones, fueran administrativas, políticas, sociales, judiciales, mercantiles o militares, a que dieron lugar las actividades de las Comunidades de Villa y Tierra, así como las entidades de población más pequeñas que las componían, pueblos con concejo y agregados a ellos, las aldeas, con sus alcaldes pedáneos, aparece siempre el espíritu colectivista, comunitario y de beneficio público, prevaleciendo siempre sobre el interés individual o de grupo minoritario. Pero es que, además, con este sentido federativo y comunitario de estas instituciones, aunque parezca una incongruencia, se preservaba así mismo y se satisfacía mejor el interés individual y particular de cada uno, claro que en función del componente de la comunidad de vecinos, representativa de intereses superiores, que el individuo por sí solo no podía procurarse. Estos intereses individuales se van consiguiendo, primero a través de la familia, célula o entidad primaria y fundamental, imprescindible en todo orden social, que estaba amplia y totalmente amparada y protegida por los ordenamientos concejiles y de comunidad. Después, a través de los alcaldes pedáneos, participaba y satisfacía el individuo sus intereses y derechos en el concejo. Posteriormente, a través de los xesmeros, sus representantes ante la capital de la Comunidad, obtenían otros derechos e intereses, o bien a través de los procuradores síndicos, cuando representaban directamente en la comunidad a los concejos. El individuo participaba, a través de todas estas instancias y corporaciones, de los derechos y deberes de las Comunidades de Villa y Tierra y, por tanto, de sus intereses y derechos individuales.

Capítulo II
Ámbito y asentamiento territorial de las Comunidades

Es interesante conocer la ubicación geográfica en donde se producen los grandes fenómenos históricos, así como su extensión y amplitud. También lo es el conocer las características psico-somáticas de las poblaciones sobre las que inciden, pues ello nos ayudará a explicarnos más acertadamente el porqué de estos fenómenos históricos.

Hemos citado anteriormente a D. Pedro José Pidal, el cual nos dice que la constitución de Castilla y toda España en aquella época era federal, y tenemos que decir que, por lo que respecta a lo federal, tiene por entero la razón, pero no en que eso sucediera en toda España, ya que no es cierto, pues el fenómeno de las Comunidades de Villa y Tierra de Castilla y Aragón, así como sus similares en todo, de las Repúblicas y Universidades vascongadas y del Valle del Baztán en el norte de Navarra, solamente se dieron, lo acabamos de decir, en territorios muy concretos y definidos que los vamos a precisar.

Las Comunidades, Merindades y Juntas, castellanas y aragonesas, florecieron en los territorios históricos de Castilla y en el sur montañoso de Aragón. Las Repúblicas y Universidades vascas, en lo que actualmente son las provincias vascas y la zona norte de Navarra. Hay que decir que nosotros entendemos por Castilla los territorios que forman las provincias de Santander, Burgos, Logroño, Soria, Segovia, Ávila, Guadalajara, Madrid y la zona norte, la serranía de Cuenca, pues la sur es Manchega. En Aragón eran territorios comuneros Calatayud y su comunidad, de Zaragoza, Daroca, Albarracín y Teruel. Un territorio, el comunero, bastante extenso y que tiene unas características geográficas bastante uniformes y comunes, si exceptuamos las diferencias pluviométricas y, en consecuencia, de humedad, entre la zona comunera de la vertiente del Cantábrico y el resto de la zona comunera al sur de la divisoria de la cuenca cantábrica y la meseta y valle del Ebro. En una primera ojeada al mapa de España se aprecia de inmediato que el territorio en donde nacieron, se asentaron y florecieron las Comunidades de Villa y Tierra es totalmente montañoso. Eso es justamente la realidad geográfica de Castilla, muy lejos del concepto poético de la "inmensa llanura castellana" acuñado por los poetas post-románticos españoles de la Generación del 98.

Las Comunidades que constituyeron Castilla, así como las cuatro de Aragón, ocupan los Montes Cántabros, todo el Sistema Ibérico hasta Teruel y Cuenca, y las dos terceras partes del Sistema Central, desde los Altos de Barahona en Soria, hasta las serranías de los confines de Ávila, en su límite con Extremadura. Este territorio, en lugar de estar constituido por grandes llanuras, como la Tierra de Campos, antiguos Campos Góticos de los visigodos, en la cuenca media del Duero, lo formaban grandes sierras con abruptos picos, pequeños y más o menos estrechos valles de las cuencas altas de los grandes ríos y sus afluentes, Ebro, Duero, Tajo, Júcar, Segura, y algunas navas o valles un poco más amplios, aptos para la agricultura y horticultura. Estos accidentes geográficos, como es natural, estaban cubiertos por grandes y frondosos bosques. Todavía quedan abundantes muestras de ellos en nuestras provincias castellanas y, así mismo, abundantes y finos pastos. También había muy numerosas corrientes de agua, no muy caudalosas por ser las cabeceras de los ríos, pero con mucha pendiente, así como abundantes minas de varios y valiosos metales. Estas cualidades del terreno comunero eran propicias, así mismo, para la explotación extensiva de las ganaderías ovina (merinas), bobina, de cerda y équidos. Y justo y sabiamente a estas actividades se dedicaron los habitantes de Castilla y sus Comunidades. Ya conocemos el territorio sobre el que nacieron y crecieron las Comunidades y éste es un elemento que nos ayudará a comprender el porqué y cómo de este nacimiento y desarrollo.

Origen y nacimiento de las Comunidades. Muy difícil es contestar a esta pregunta pues, aún con abundancia de documentación en archivos, que afortunadamente no faltan, y de estudios eruditos sobre el tema, que no son muchos, no se podría dar una respuesta concreta y definitiva. De todas maneras, intentaremos explicar según nuestro criterio esta cuestión.

Ya hemos dicho que hay pocos autores que se han ocupado de este tema. Unos, como Jiménez Soler y Joaquín Costa, y seguimos en esto a don Anselmo Carretero y Jiménez, dicen que las Comunidades de Calatayud, Teruel, Daroca y Albarracín son supervivencia de ciudades prerromanas. Luis Carretero y Nieva, y Francisco Pi y Margall, el gran federalista español, siguen más o menos esta línea, diciendo que las Comunidades eran instituciones de origen celtíbero, resurgidas al impulso del revulsivo que significó la reconquista castellana del poder de los árabes. Otros dicen que son restos del "municipium" romano, y otros que nacieron exclusivamente al calor de la reconquista. Y otros, en fin, manifiestan que fueron organizaciones nacidas al calor de poderosas razones económicas. D. Luis Carretero y Nieva, en su libro La cuestión regional de Castilla la Vieja, dice al respecto: "El espíritu de independencia es genuinamente ibero y genuinamente cántabro; genuinamente castellano por tanto, hasta el punto de que ningún pueblo del mundo podrá mostrar ejemplos tan concluyentes de heroísmo por la independencia como los de nuestros antecesores. Pero ese espíritu de independencia viene unido a otro de solidaridad con el vecino, que dio como resultado, no tan sólo la confederación de las municipalidades castellanas formando el reino, sino también la creación de aquellas hermandades, de las que después hablaremos, que son otra prueba más del espíritu federativo de los viejos castellanos". Añade más adelante: "Las instituciones genuinamente castellanas viejas, las que no son el resultado de la imposición romana, gótica o leonesa del pasado, las que no son tampoco fruto del absolutismo de las dinastías austríaca o borbónica españolas, o copia insensata de la organización napoleónica, las instituciones creadas por el propio pueblo de Castilla la Vieja son resultado de las dos fuerzas vitales que azuzaban al alma de la raza; el deseo de la independencia y la fidelidad en los pactos; así es que toda la organización castellana vieja es una concordia de estos estímulos que conducen a un admirable consorcio entre el individualismo y el comunismo (o comunitarismo, para no confundir el término en su afección moderna, añadimos nosotros), dando como resultado el federalismo en lo político y el colectivismo en lo social, ya que, como dice Joaquín Costa (otro autor aragonés que se ocupó de las Comunidades de Villa y Tierra de Aragón), el colectivismo es, o parece ser, una como transacción o componenda entre los dos sistemas extremos, comunista e individualismo".

D. Elías Romera dice en su Apéndice, de un libro nunca publicado, Breves noticias sobre las venerandas municipalidades de Castilla: "Los Concejos, Consellos, Municipios, Comunidades, Regimientos, Cabildos Municipales, pues con todos estos nombres se conocieron los hoy llamados Ayuntamientos, nacieron al calor de nuestra reconquista, y eran un trasunto, una reminiscencia del Municipium romano".

Carretero y Nieva dice "o copia insensata de la organización napoleónica", y al respecto, explicamos nosotros, se refiere sin duda a la reforma y división territorial de España en provincias al modo napoleónico de los departamentos franceses, hecha por D. Javier de Burgos hacia el año 1833, de infausta memoria, en que, como decimos, dividió España en provincias no respetando las antiguas demarcaciones comuneras de Castilla, en que todavía perduraban los territorios de las antiguas Comunidades de Villa y Tierra con el nombre de Partidos o Intendencias, como se ve perfecta y claramente en los mapas del gran geógrafo español D. Tomás López, de finales del siglo XVIII. Allí todavía se ven delimitados los territorios que pertenecían a cada una de las Comunidades de Villa y Tierra, aunque, claro, sin categoría ni atribuciones de gobierno autónomo como las tuvieron en siglos pasados.

Este fenómeno socio-político-económico-cultural de las Comunidades Castellanas de Villa y Tierra, no siendo producto de ningún movimiento revolucionario, convulsión o brusca transformación que trastocara un orden establecido, no se puede explicar en su origen y formación por una sola causa o motivo, ni en un solo momento, sino que fue producto de la concatenación de un gran cúmulo de circunstancias que, conjugadas y desarrolladas en un determinado momento, inicio de un proceso evolutivo, las originaron. Es cierto que una de estas circunstancias mediata fue la invasión árabe, produciendo una huida desordenada de miles de desplazados, el pueblo llano, acosado por muchas necesidades perentorias, pero ella sola, la invasión árabe, no habría sido suficiente para poner en marcha este grandioso y poco estudiado movimiento democrático y federalista castellano.

A este respecto, dice don Nicolás Rabal: "La organización tribal, particular de los cántabros y celtíberos; el carácter independiente y el respeto y fidelidad a los pactos acordados (cualidad todavía muy arraigada en nuestras gentes castellanas, para las cuales la palabra dada vale más que protocolos escritos y firmados); la empresa de la reconquista unificadora, si no en criterios sí de objetivos, ideales religiosos, raíces culturales e históricas, condiciones geográficas del suelo, clima, aguas, etc., fueron todas ellas causas de la formación de las Comunidades".

Bien. Nosotros creemos que todos y cada uno de estos factores, expuestos por los diferentes autores, tuvieron su participación en la eclosión de las Comunidades de Villa y Tierra, aunque naturalmente en distinta proporción. Iremos enumerándolos y analizándolos por orden. Primeramente nos referiremos al componente racial, a la impronta genética que cada pueblo lleva impresa en su personalidad.

[Anterior] [Sumario] [Siguiente]